Editorial del Consejo Directivo Nacional de FASGO sobre la Ley de Obstétricas
En los últimos meses, no sólo el interés por las próximas elecciones presidenciales ocupa la atención de todos los Argentinos, también desde hace un tiempo prudencial un tema que ha convocado a numerosas reuniones de expertos recorren las noticias que circulan por la Web y los numerosos medios de comunicación masiva, y ella es el tratamiento en las distintas cámaras, Diputados y Senadores, de la Ley que regula la actividad de las Obstétricas; Tema de Vital importancia por las repercusiones que tendrá en el desarrollo de una actividad relacionada con la salud de nuestras mujeres, y principalmente las que deciden recorrer el trance obstétrico.
Todos sabemos, y en especial los Tocoginecólogos, el valor agregado, que representa el trabajo en equipo en una profesión y especialidad tan álgida como el control y cuidado de la mujer embarazada.
Desde años muy remotos la Obstétrica, o Comadrona, como le llaman en otros países, desarrolla una labor importantísima al lado y junto al Médico Ginecobstetra, nadie puede ignorar o desconocer que dicha tarea facilita, mejora, y contribuye a un mejor desarrollo de la profesión de ambos, y desde allí se potencia en forma positiva la ayuda y acompañamiento que necesita el cuidado de la salud de la mujer, y en especial aquellas que deciden ser madre.
Era necesario que el Estado, reconociera que en éste tema aún se esta en deuda con la sociedad, ya que en razones de salud sexual y reproductiva, tenemos falencias que nos alejan del modelo ideal que un País necesita; tomar decisiones e instrumentar recursos para corregir dichas falencias es el primer paso, mejorar leyes antiguas y adecuarlas a las necesidades actuales, es el camino a seguir, por lo que crear y ampliar la Ley de Obstétricas debe ser una tarea asignada, pero lo más importante también es que la misma pase a cumplir y llenar espacios vacíos, de protección para aquellos que deben ejercerla, pero por sobre todas las cosas, de responsabilidad en el desarrollo de dicha actividad, la cual siempre será personal y sostenida por competencias curriculares, junto a sus habilidades y destrezas adquiridas en los ámbitos académicos correspondientes.
Lamentablemente ésta decisión gubernamental también ha tenido connotaciones alejadas de las coincidencias de los integrantes del equipo de salud, ya que sin querer parecería que diferentes artículos de la Ley pondrían en confrontación actividades a desarrollar que podrían ser inherentes al Acto médico propiamente dicho, por lo que es un tema no menos importante a la hora de tomar decisiones de implementar una Ley.
Por otro lado, y allí FASGO, como federación que nuclea a la mayoría de los médicos tocoginecólogos del país se hace eco de ésta situación y debe dar su opinión al respecto, la cual no es personal de un médico, sino que contempla la opinión de los numerosos colegas que trabajan en los diferentes centros de asistencia a la mujer.
Esbozar conceptos rápidos, llevados principalmente por el sentimiento y la respuesta inmediata, y no por el ANALISIS ADECUADO, y fundamentalmente despojado de todo tipo de interés,..... ES DIFICIL..... y aún así nos podemos equivocar, por lo que creo que debemos ser muy cautos a la hora de expresar la opinión de una entidad tan grande como nuestra Federación, .... Acá no se trata de defender a nadie, en contra de alguien, sólo se trata de ser INTELIGENTES, y que INTERESES CREADOS, de algunos, no nos obnubilen nuestro raciocinio, y nos permita ser lo más OBJETIVOS posibles, ya que SI BIEN ES CIERTO que esa puede ser nuestra MISION, también debemos analizar cuál es nuestra verdadera VISION del tema en concreto, ya que no siempre se puede ver de igual manera cada circunstancia, y la misma estar supeditada al impacto e influencia que ocasione en los diferentes lugares de nuestro inmenso País.
No nos olvidemos, que no todos trabajamos donde nos gusta, o en los lugares privilegiados donde casi siempre tenemos a nuestro alcance numerosos recursos, hay quienes deben trabajar en diferentes lugares, solo por necesidad, o por verdadera vocación de servicio, y es allí donde SI, FASGO, pasa a desarrollar un rol importante en apoyo de nuestros colegas, pero también en el equipo de salud, que trabaja junto a El, ya que es su único aliado a la hora de las complicaciones. Por eso mismo reitero, las opiniones pueden ser diversas y disímiles, todas respetadas, pero la Federación debe dar un mensaje acorde a las circunstancias, mas conciliador que de controversias, SI, creo que debemos dejar en claro los puntos más álgidos, y considerar oportuno la necesidad de la Reglamentación de la Ley según cada provincia, y a su vez el lugar de trabajo de cada profesional, teniendo en cuenta siempre, y sin ningún tipo de negociación, que por sobre todas las cosas debe mediar en forma prioritaria La carrera de formación de cada uno de los profesionales intervinientes, y la currícula y competencias adecuadas para poder ejercer su actividad, dejando bien sentado que la Ley sólo nos otorga el derecho a ejercer determinada profesión, pero al mismo tiempo nos responsabiliza e individualiza por nuestro acto profesional, el cual siempre deberá estar respaldado por las competencias y habilidades inherentes y personalizadas a cada profesional actuante…
Por todo lo expuesto, La Federación Argentina de Ginecología y obstetricia, representada por los presidentes de cada Sociedad que la componen consideramos oportuno, acercar nuestra opinión, consensuada, tras múltiples debates, haciendo hincapié y sugiriendo que se deberá dar un tratamiento especifico a ciertos artículos de la Ley que hoy generan controversia, mediante una reglamentación adecuada, y SI, en forma unánime en desacuerdo sobre los temas relacionados a:
- Atención de partos domiciliarios.
- Prescripción del vademécum obstétrico ya que el mismo posee psicofármacos, productos hormonales, oxitócicos, antihipertensivos etc. de uso en embarazos de Alto Riesgo.
- La participación en procedimientos quirúrgicos que requieren de una curva de aprendizaje.
- Ser peritos de parte, para lo cual se debe capacitar específicamente
- Realización e informes con métodos técnicos como ser ecografías u otros, que pertenezcan a subespecialidades dependientes del acto médico específico.
Pero por sobre todas las cosas, EL TRABAJO DE LOS LICENCIADOS EN OBSTÉTRICIA no debe CONFRONTAR CON LA TAREA MÈDICA sino por el contrario debe ser un complemento para ambos integrantes del equipo de salud, en post de la mejor atención y ayuda a la mujer, tanto en la prevención como en la asistencia, donde cada cual tiene un rol especifico a desarrollar, similar o semejante, pero a su vez diferente y sostenido por el respaldo que les da una capacitación específica de conocimientos para cumplir cada actividad.
Señores Legisladores Uds., tienen una responsabilidad muy grande en el tratamiento de esta Ley, y Reiteramos que hay puntos que deberán ser tratados muy específicamente, en especial en el trabajo que cada integrante del equipo de salud debe desarrollar, no se pueden superponer tareas específicas inherentes a cada profesión, ya que pueden ser parecidas, pero NO iguales, pueden desarrollarse en conjunto, pero la categorización del título de cada uno es diferente, porque sus incumbencias y antecedentes curriculares, conocimientos y capacitación, son diferentes, y porque a la hora de las responsabilidades, y en especial de las complicaciones, cada uno de los protagonistas será responsable de su acto asistencial, debiendo legislar también en ese sentido para que cada uno cumpla con su rol, limitando con un artículo que contenga la Exención o eximición de responsabilidad por actos ajenos.
La Federación Argentina de Sociedades de Ginecología y Obstetricia, adjuntara la respuesta de cada una de las sociedades federadas que la componen a través de sus presidentes, para referencia y consulta de quienes la necesiten, de manera tal que aquellos que tienen la responsabilidad de Legislar la Ley tengan en cuenta, cual es la opinión de cada provincia y tengan argumentos válidos para el análisis minucioso de cada artículo a la hora de tomar decisiones.
Dr. Héctor E. Bolatti
Presidente de FASGO
Postura de las Distintas Sociedades
Asociación de Obstetricia y Ginecología del Chaco |
Sociedad de Ginecología y Obstetricia de Comodoro Rivadavia y Zona Sur |
Asociación de Ginecología y Obstetricia de Formosa |
Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Salta |
Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Santiago del Estero |
Asociación de Ginecología y Obstetricia de La Pampa |
Sociedad de Ginecología y Obstetricia de Misiones |
Asociación Jujeña de Obstetras y Ginecólogos |
Asociación de Obstetricia y Ginecología de San Juan |
Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Tucumán |
Asociación de Ginecología y Obstetricia de San Luis |
Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Mendoza |
Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Mar del Plata |
Asociación de Ginecología y Obstetricia de Corrientes |
Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Catamarca |
Sociedad de Obstetricia y Ginecología de La Rioja |
Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Buenos Aires |
Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Córdoba |
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