Cuál es el Rol del Consejo Académico Nacional de la Federación Argentina de Sociedades de Ginecología y Obstetricia (FASGO)
Introducción
La Federación Argentina de la Sociedades de Ginecología y Obstetricia fue fundada el 6 de septiembre de 1956, en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, bajo la Presidencia del Dr. Pedro Figueroa Casas, como una entidad científica nacional sin fines de lucro.
Agrupa en la actualidad a 28 Sociedades Federadas de Obstetricia y Ginecología de diferentes puntos del país y 19 Sociedades Adherentes dedicadas al estudio de diferentes subespecialidades de ambas especialidades.
Los objetivos del Estatuto de F.A.S.G.O., son “promover el desarrollo de los aspectos científicos y éticos de la Ginecología y Obstetricia en todo el país y propiciar el otorgamiento de Certificados de Especialistas en Ginecología, Obstetricia y Toco ginecología” con validez nacional.
Para ello se creó el Consejo Académico Nacional (C.A.N), constando en acta del día 10 de febrero de 2010, bajo la Presidencia del Profesor Doctor Francisco Gago, proponiendo en esa oportunidad como su primer Presidente al Profesor Dr. Jorge Novelli . Fue integrado por 10 Profesores de Universidades Nacionales con cargos obtenidos por concurso de oposición de todo el país.
La duración de cada miembro designado es de 2 años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser propuestos por un período más y no pueden ser simultáneamente miembros del Consejo Directivo Nacional.
Su estructura está integrada por un Presidente, Vicepresidente, Secretario General, Prosecretario, Secretario de actas y Vocales
En el mapa estratégico de la Federación, el C.A.N, junto a la Escuela, el Comité Científico, el Comité de Derecho de la Mujer, el Comité de Salud Materna, el Comité de Peritología y el Comité de Endocrinología Ginecológica, constituyen el Área Académica de la F.A.S.G.O.
Objetivos
El C.A.N. tienen como objetivos específicos promover el interés por la educación médica permanente y establecer estándares acordes con los perfiles e incumbencias definidos de Ginecólogos, Obstetras y Toco ginecólogos, desarrollando los aspectos científicos y otorgando la Certificación y Recertificación como una etapa en el proceso de capacitación de posgrado. La calidad de los mismos estará asegurada cuando se cumplan las responsabilidades primarias, como son la acreditación del programa educativo, su supervisión y posterior evaluación del proceso educativo. Se fueron incorporando nuevos programas de enseñanza tanto en la formación de formadores, como de la evaluación, para finalmente otorgar la Certificación de los egresados de los programas preestablecidos.
Con la intención de unificar y reforzar el sistema de Certificación y Recertificación periódica en la capacitación para los postulantes, se propone realizar Convenios con Facultades de Ciencias Médicas de Universidades Nacionales del País, con Organismos de Ley Nacionales y Provinciales, Colegios médicos y Consejos médicos y la Academia de Medicina y otros
A nivel Nacional el Ministerio de Salud de la Nación, a través de la resolución 214 del año 2009, a reconocido a F.A.S.G.O. como Entidad Científica Certificante, a fin de otorgar la Certificación y Recertificación de la Especialidad de Ginecología, Obstetricia y Toco ginecología, e integrar al Sistema Nacional de Acreditación de las Residencia Medicas (S.N.A.R.E.S.) para participar como Entidad Evaluadora de las Residencias de las especialidades. En el mes de septiembre del año 2022, el C.A.N. firmo un Convenio de reciprocidad entre la F.A.S.G.O y la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, para propender en forma conjunta y a los efectos de propio reconocimiento, para la Certificación y la Recertificación periódica y voluntaria de los Títulos de médicos Especialistas de Ginecología, Obstetricia y Toco ginecología, en resolución 4171/04 de Consejo Superior de la U.B.A. En el mes de noviembre del mismo año se firmó un Convenio de Reciprocidad entre la F.A.S.G.O y el Consejo Federal de Entidades Medicas Colegiadas (C.O.N.F.E M.E.C.O.), integrados por Consejos y Colegios Médicos a nivel Nacional, para la Certificación y Recertificación de Ginecología, Obstetricia y Toco ginecología
A nivel Internacional, F.A.S.G.O, al ser miembro de la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (F.I.G.O) y de la Federación Latinoamericana de Obstetricia y Ginecología (F.L.A.S.O.G) , representa a todos los Ginecólogos y Obstetras de la Argentina, que quieran Certificar y Recertifican con la Federación
Funciones
El C.A.N. tiene como funciones elevar anualmente al Consejo Directivo un plan de acción con programas a ejecutar , junto a la Escuela de la Federación, organizar los contenidos de los mismos en el marco del concepto de actividades profesionales a confiar (A.P.C.). Se definirán el perfil profesional de quien obtiene la Certificación de la Especialidad de Ginecología, Obstetricia y o la Toco ginecología, con una capacitación de formadores y evaluadores y la capacitación en programas acreditados supervisados y evaluados. Para ello el CAN debe proponer y gestionar todos los Convenios que pueda ser de utilidad en los programas de formación y evaluación conjunta. Se debe elevar para su consideración al Consejo Directivo el presupuesto anual con antelación a la finalización del ejercicio. Debe mantener actualizado el Registro de Médicos Especialistas Certificados y Recertificados y propiciar la acreditación de Servicios de Ginecología, Obstetricia y Toco ginecología, como lugares de capacitación profesional y de los programas docentes que se desarrollen con el mismo propósito. Mantener actualizado el Convenio con el Ministerio de Salud de la Nación para emitir la Certificación y Recertificación y del Sistema Nacional de Acreditación de Residencia (SNARES) para continuar como Entidad evaluadora y acreditadora de Residencias medicas de la especialidad a nivel nacional.
Dictar disposiciones que reglamenten las situaciones no previstas en el reglamento del C.A.N. o la interpretación de sus artículos, con la aprobación previa del Consejo Directivo Nacional de FASGO.
Actividades
Los roles del CAN que deben llevar a cabo son las siguientes:
1. Otorgar la Certificación y Recertificación de las Especialidades Básica: Ginecología, Obstetricia y Toco ginecología
- El proceso de certificación se inicia a partir del momento del grado profesional y su duración es de 5 años y la recertificación luego de los próximo 5 años.
- Si el postulante hubiera efectuado y aprobada una Residencia completa en la especialidad con Certificación otorgada, se podrá prescindir de las pruebas de idoneidad para el otorgamiento de la Certificación de FASGO, dentro de los primeros 5 años de haber finalizado la misma
- En caso de no haber realizado la Residencia o haber pasado más de 5 años de finalizado la misma, deberán ser evaluados por exámenes que estarán compuestas de forma escrito y posterior oral, de común acuerdo con las Entidades con que se hayan firmado Convenio. Estas evaluaciones pueden ser realizadas una o dos veces al año, las que se fijará las fechas y sedes de los exámenes de común acuerdo con las Sociedades Federadas y las Entidades con las que haya firmado Convenio
- Las condiciones para acceder a la Certificación y Revalidaciones son:
- Obtener un total de 500 puntos durante un período de 5 años, divididos en 250 puntos mediante el ejercicio profesional y 250 puntos en educación continua y desarrollo académico.
- Realizar un examen escrito y oral en los casos en que no se hayan logrados los puntajes asistenciales y o académicos en los últimos 5 años para lograr la Recertificación
- Las competencias serán interpretadas según el Proceso de Bolonia (2010) clasificándolas en genéricas o transversales y en especificas o de la especialidad, establecidas por el Marco de Referencia del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias de Toco ginecología del Ministerio de Salud de la Nación (del año 2010) y aún vigentes) con niveles de calidad adecuados para responder a parámetros internacionales.
- Completar la ficha de inscripción y pago del arancel correspondiente por el Certificado de cada especialidad Medico Ginecólogo, Obstetra o Toco ginecólogo) y en caso de haberlo obtenido anteriormente por FASGO o por Organismo o Instituciones con convenio con FASGO deben de ser presentados para revalidación.
- Los avales para solicitar la Certificación o Recertificación son haber completado un programa formativo de post grado y alcanzado las competencias de a especialidad básica con una duración de 3 a 5 años.
- Presentar una carta firmada y sellada por el Jefe de Servicio y Director del Hospital, Clínica o Centro de Salud al que pertenece, avalando sus condiciones éticas y profesional para el ejercicio de la especialidad a través de sus antecedentes asistenciales y académicos asi como la presentación de las constancias de las practicas quirúrgicas realizadas ya sea de ayudante o cirujano
- En caso de no concurrir a un centro asistencial, la carta de aval deberá estar firmada por Miembros Titulares de la Sociedad Científica a la cual pertenece
- Se debe adjuntar una copia del título de médico, de la matricula profesional y del certificado de residencia completa o de concurrencia de 5 años en un Servicio reconocido de la especialidad
- Completar un Curricular Vitae: las hojas deberán estar numeradas consecutivamente colocadas en una carpeta o en encuadernación similar, de tal manera que no pueda desprenderse la documentación. Los datos deberán ser ordenados según el siguiente esquema por año:
- Actividad asistencial (pública y privada)
- Asistencia a Cursos.
- Asistencia a Congresos.
- Actividad docente (en cátedras, cursos y congresos).
- Trabajos de Investigación.
- Premios recibidos.
- Actividad societaria.
Puntaje
- Las actividades asistenciales tendrán un puntaje de 50 puntos por año durante 5 años (250 puntos), en Servicios de Ginecología Obstetricia o Toco ginecología autorizados para la práctica de la especialidad y un contrato de prestación de servicio pago o “ad honorem”.
- Si el candidato hubiera efectuado una Residencia completa en la especialidad con evaluación final aprobada, tendrán un puntaje de 250 puntos, prescindiendo de la antigüedad exigida de 5 años, más 50 puntos en caso de realizar la Jefatura de residentes --Las actividades de Educación continua tendrán un puntaje de 50 puntos o créditos por año como mínimo por 5 años (250 puntos) otorgados de la siguiente manera.
- Cursos de las especialidades presenciales o virtuales con evaluación realizadas por la Escuela de FASGO: 1,5 puntos por carga horaria total, la que dependerá de la estructura del curso. La carga horaria de los cursos se calculará computando 1,5 hs. por clase, 2 hs. por semana, 2 hs. por foro por semana, 2 hs. por tarea a realizar y 4 hs. por examen.
- Cursos de la especialidad dictados por Sociedades Adherentes con evaluación:1,0 puntos por carga horaria total otorgada al curso.
- Cursos de la especialidad dictados por Entidades académicamente reconocidas con evaluación: 0,5 puntos por carga horaria total otorgada al curso.
- Webinarios de FASGO o Sociedades Científicas Federadas y o Adherentes de FASGO: 0,5 puntos por carga horaria otorgada a cada uno de ellos, hasta un total de 5.
- Asistencia a congresos nacionales o internacionales: 2 puntos
- Talleres o seminarios con evaluación: 0,5 puntos por carga horaria otorgado
- Carrera docente completa: Profesores Adjuntos, Asociados y Titulares por concurso: 20 puntos.
- jefe de Servicio Entidad Académica: 15 puntos.
- Docentes auxiliares por concurso: 10 puntos.
- Carrera de Especialización pos-básica Universitaria con Título: 20 puntos.
- Carrera de doctorando completa (Tesis de Doctorado aprobada): 30 puntos. - Publicaciones: en revista con referato como primer autor: 10 puntos como autor en distintos órdenes con referato: 7 puntos.
- En revistas sin referato: 2 puntos.
- Libros sobre la especialidad: 25 puntos.
- Capítulos de libros de la especialidad: 10 puntos.
- Conferencias en Congresos Nacionales: 7 puntos.
- Conferencias en Congresos Internacionales: 10 puntos.
- Premios otorgados por Universidades, sociedades científicas: 10 puntos.
- Actividad Societaria: 10 puntos por año en Consejo Ejecutivo o 5 puntos en Consejo de Acreditación.
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- Ser miembro de la Sociedad Científica local: si no fuera miembro puede hacerlo al momento de presentarse Una vez cumplimentados los requisitos anteriores el candidato será sometido o no de una prueba de idoneidad.
- Características del examen escrito: será de tipo estructurado y buscará explorar el conocimiento a nivel de información y comprensión. Estará constituido por como mínimo 50 preguntas por especialidad, de las cuales se deberán aprobar como mínimo 30 (60% aprobadas)
- Aprobado el examen escrito se pasa a la instancia siguiente el examen oral: estará basado en casos clínicos, en donde se explorará el criterio médico y competencia clínica del aspirante. La calificación será aprobado o reprobado y no se admiten impugnaciones del Jurado.
- El aspirante que sea reprobado en el examen oral, podrá repetir dicho examen al año siguiente. En el caso de presentarse 2 veces a rendir el examen oral y no aprobarlo, deberá rendir nuevamente el escrito y oral.
- Certificación sin examen: está prevista la eximición de los exámenes en casos de candidatos con antecedentes relevantes en la especialidad tales como profesores titulares y adjuntos de la especialidad de Universidades Públicas o Privadas designados por concurso abierto y oposición.
- Certificación de Especialista: una vez aprobado el examen se entregan los Diplomas correspondientes que tendrán validez por 5 (cinco) años, siendo necesario revalidar la especialidad a partir de ese momento.
- El Certificado deberá presentarse en el Ministerio de Salud de la Nación, para tramitar el reconocimiento de la Certificación por dicho organismo.
- La Revalidación que se haya realizada por más de 4 oportunidades, podrá ser por un examen escrito de 100 preguntas de múltiple choice de cada especialidad, con la forma de a libro abierto y de siete días de duración, con una aprobación de más del 70 % de la mismas correctas.
2. Otorgar la Homologación de la Certificación y Recertificación de las Especialidades posts básicas o calificación agregada
- Para la Certificación o Recertificación de la Especialidades post básicas, se deben realiza Convenios con las Sociedades post básica adheridas de FASGO,avalando lo actuado por las Entidades certificantes, habiendo corroborado previamente que se hayan cumplido los requisitos solicitados en la firma de los Convenios correspondientes
- Para la Certificación o Recertificación de las Calificaciones agregadas en una disciplina determinada de la especialidad básica o post básica, en que el postulante este Certificado habiendo firmado previamente un Convenio con lasSociedades correspondientes
- Por convenios actuales con el Consejo de Certificación de Profesionales Médicos, de la Academia Nacional de Medicina, se puede solicitar, por intermedio de FASGO, que la certificación sea realizada por dicha Institución, previo pago del arancel correspondiente
3. Evaluación y Acreditación de las residencias de Toco ginecología
- La acreditación de las Residencias medicas busca la armonización de los criterios mínimos para la formación de los Especialistas en todo el territorio nacional.
- El C.A.N atravez del Convenio entre la Federación y el Ministerio de Salud de la Nación es el responsable de la acreditación de las Residencias.
- El proceso comienza con la solicitud de parte de las Residencias interesadas al Ministerio, la entrega de la documentación requerida, la evaluación, la redacción del informe técnico, finalizando con la publicación de la disposición que contiene el dictamen de acreditación, con la categoría asignada a cada residencia.
Conclusión
Los integrantes del C.A.N., la Escuela y el Consejo Directivo Nacional, junto a las autoridades de las Sociedades Federadas de FASGO, debemos:
- promover y fomentar los Programas de formación en la educación medica continua, en sus diferentes etapas de la vida profesional
- lograr motivar la Certificación y la Recertificación de los egresados de los diferentes Programas de las Especialidades de Ginecología, Obstetricia y Toco ginecología a nivel Nacional, juntó con las otras Entidades certificantes como Facultades de Medicina de Universidades de todo el País, Organismos de Ley, Consejos y o Colegios médicos u otros Sociedades Cientificas a nivel Nacional e Internacional para firmar Convenios