ISSN 2683-992X
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Director Editorial: Dr. Bernardo Kupferberg | Secretario de Redacción: Dr. Pablo Sayago

Comité Editorial: Dr. Samuel Seiref - Dr. Mariano Grilli | Comité Científico: Dr. Horacio Crespo - Dr. Martín Luchini - Dra. Andrea Salas - Dr. Edgardo Rolla

Volumen 23 - Nº 3 - Diciembre de 2024

Síndrome Forense de Sócrates en Medicina

Autores:
Roberto Isidro Keklikian 1, Pablo Falaschi 2, Natalia More 3, Veronica de Toro 4 y Edgardo Knopoff 5

“…De la misma manera que los secuestradores inducen el síndrome de Estocolmo en los secuestrados, los acusadores pueden inducir algún otro tipo de síndrome en el acusado antes, durante y después del juicio…” “…el haber tenido que comparecer alguna vez como imputado en un juzgado de instrucción por denuncias interesadamente falsas….” “…en esos momentos, ni siquiera resulta fácil razonar con claridad íntimamente, y menos aún argumentar eficazmente, porque la acusación, por sí misma, altera el equilibrio y el entendimiento hasta el punto de hacer prácticamente imposible la defensa eficaz…”.

La cita corresponde a “El Imputado Inocente Indefenso o el Síndrome Forense de Sócrates” (www.cita.es/imputado), cuyo autor es el ingeniero y criminólogo español Miguel Ángel Gallardo Ortiz.

Los autores discrepamos parcialmente con la misma y adherimos a la definición de Síndrome Forense de Sócrates en Medicina publicada en 2006:

Síndrome Forense de Sócrates en Medicina es el daño físico, psíquico y social que padecen profesionales inocentes de mala praxis y que pese a esto son acusados y requeridos por la justicia, o reciben reclamos en instancias extrajudiciales patrocinados por abogados. Roberto I. Keklikián  "CLÍNICAS PERINATOLÓGICAS ARGENTINAS VOL 4, 2005-2006". ISBN: 987-9431-19-7 Ediciones ASAPER. Buenos Aires, Argentina.

Partimos de la realidad actual en toda Latinoamérica donde en el siglo XXI se ha profundizado la intolerancia social ante malos resultados aun cuando la atención brindada (medios) haya sido correcta.  Es importante recalcar que salvo excepciones (ej cirugía plástica, anatomía patológica, etc), la obligación de los profesionales de las ciencias médicas es de "medios" y no de “resultados”.

Existe entonces profusa bibliografía respecto a daños que derivan de errores o culpa en medicina, pero esta se enfoca al tema en general o en particular a los casos donde existe un error o profesional culpable.

Pero  muy poco se ha publicado muy poco sobre los daños a la salud física, psíquica y social del profesional injusta e infundadamente demandado (el demandado inocente).

Los profesionales deben soportar demandas referidas a su praxis conforme el derecho innegable a que en un ámbito judicial se obtenga verdad jurídica, pero en existen casos en que SIN ELEMENTO ALGUNO para reprochar mala praxis se demanda con invenciones falsas a profesionales evidentemente inocentes.

Aquí aparece la necesidad de remarcar dos elementos a analizar:

  1. a) el daño físico, psíquico y social que padece el profesional injustamente demandado, b) las falsedades que impulsan demandas infundadas donde solo se afirma que "por el mal resultado el profesional debe haber actuado mal" sin tener presente el posible error de valoración retrospectiva o hindsight bias de cada caso en particular.

Hemos frecuentemente escuchado frases de este tipo:

"...Si fui acusado siendo absolutamente inocente de lo que se me imputaba y, a pesar de ello, hace años que soporto una causa judicial sin que se resuelva, temo ser condenado con igual injusticia como con la que fui acusado...".

No debiera ser así. Pero es lógico que quien tiene la certeza (recalcamos: no "la opinión" sino "la certeza") de ser inocente, y que debe convivir con una causa judicial en su contra cuya resolución avanza lenta y engorrosamente, tema (o incluso esté convencido) que será condenado aún siendo inocente.

Ante esta situación, no es el profesional de la salud el único perjudicado. Su praxis se verá afectada. El dicho popular dice: "Quien se quema con leche, cuando ve la vaca llora" ¿No es entonces razonable pensar que la situación empuja a estos profesionales hacia la "Medicina defensiva"?

Sócrates comete delito y se mete en lo que no debe al investigar las cosas subterráneas y celestes, al hacer más fuerte el argumento más débil y al enseñar estas mismas cosas a otros"

Esta es la injusta acusación a un inocente Sócrates, condenado a morir, que Platón reflejó en sus Diálogos. Sócrates tenía razón y pagó con su vida.

Siglos después, Galileo Galilei debería retractarse de su correcta teoría sobre el movimiento de la Tierra ante la Santa Inquisición; pero tras hacerlo susurró: «Eppure si muove» (sin embargo se mueve).

No compartimos el criterio de Gallardo Ortiz que sostiene que "cuando se formula una acusación si no hay delito, el que acusa comete una calumnia..." porque es fácilmente comprensible que se puede acusar a alguien inocente basado en elementos concretos, fundados y lógicos que permitan suponer su posible culpabilidad. Creemos que es justificada toda acusación que tenga razonable fundamento medico previo a la misma con un dictamen firmado por un profesional responsable que indique cual sería el ERROR o CULPA que determinaria el mal resultado. Esto permitiría disminuir la litigiosidad, acelerar la reparación a quienes corresponda y disminuir profesionales con Sindrome Forense de Sócrates (y debiera ser el interés de cualquier profesional del derecho que realiza buena praxis). Pero frecuentemente nos encontramos con acusaciones donde el letrado de la parte actora no se ha tomado ni el mas mínimo trabajo de verificar a través de un consultor médico idóneo su razonabilidad.  En algunos casos nos encontramos frente a ilegítimas “aventuras jurídicas” y en otros ante casos de "primero inicio la demanda y después me preocupo si la demanda es razonable".

Nuestra experiencia nos muestra que las demandas indebidas por presunta mala praxis inevitablemente (en mayor o menor grado) causan daño en los profesionales inocentes acusados. Existe entonces un segundo daño sobre el profesional de la salud demandado. Daño causado por el abogado que asesoro incorrectamente a su cliente para demandar, eventualmente  por el médico que falseo o manipulo un dictamen acusatorio y por el mismo demandante (salvo haber sido maliciosamente engañado o incitado a firmar una demanda por abogados y o profesionales de la salud sin minimos recaudos previos sobre su razonabilidad).

Este daño es tan legítimamente resarcible como el daño que debe resarcir un profesional de salud al cometer una real mala praxis.

No nos preocupa la “intolerancia social a profesionales culpables”, todo lo contrario: somos parte de ella y entendemos que toda real mala praxis debe ser condenada y resarcida no sólo en beneficio del dañado sino el de la Ciencia Medica. Creemos en la excelencia científica.

A partir de la anterior definición, enfatizamos que:

También son profesionales que responden por mala praxis y o derecho de daños:

  • el abogado que patrocina una demanda absurda por mala praxis sin siquiera cerciorarse que posea un “mínimo” grado de razonabilidad, o
  • el médico que “asesora” a un abogado para “dar lógica de sofisma” a una demanda absurda por mala praxis (cuando sabe que lo que ocurrió es claramente contradictorio con lo que planteará en su “asesoramiento”).

En estas dos situaciones anteriores, abogados y médicos debieran también responder y resarcir los daños que su praxis genera sobre el profesional injustamente demandado. Más aún cuando la persona que contrató un abogado no tiene conocimientos de medicina ni de derecho y contrató a estos profesionales para que actúen ajustados a normas éticas que rigen la medicina y el derecho.

El pensamiento de Santo Tomás de Aquino ubica al Derecho dentro del orden de las acciones humanas, el orden moral, y de esta forma lo liga indisolublemente a la Filosofía Moral y Ética, de las que el derecho se nutre. Según el tomismo, puede existir una “distinción” entre Moral y Derecho (estando este último incluido en la primera) pero “jamás una separación tajante”. Las reglas de la Moral “imperan” al Derecho; el Derecho que no sigue estas reglas puede compararse a una casa construida con reglas erróneas que inexorablemente se desmoronará.

Nuestra preocupación frente el Síndrome Forense de Sócrates no es “corporativa” sino moral. Nos preocupan tanto médicos como abogados que fomenten la “intolerancia social a los malos resultados de profesionales que obraron correctamente”. Impactan negativamente en el aumento de la llamada "Medicina Defensiva".

Nos preocupan los letrados y consultores médicos que buscan casos de “malos resultados” en lugar de preocuparse por identificar y litigar “legítimos reclamos por verdadera mala praxis”.

CARACTERISTICAS DEL DAÑO POR SINDROME FORENSE DE SOCRATES EN MEDICINA:

El daño en profesionales que padecen Síndrome Forense de Sócrates se caracteriza por:

  1. Daño físico: Desencadenamiento o empeoramiento de dolencias físicas tales como hipertensión arterial, úlcera gastroduodenal, asma bronquial, cardiopatía isquémica y otras.
  2. Daño psíquico: Burn out o estadios previos al mismo, trastornos del sueño, pérdida del apetito, pérdida de entusiasmo en el ejercicio de la profesión, descreimiento y preocupación exagerada por problemas cotidianos, depresión, temor frente al paciente (asistencia médica defensiva), tabaquismo, alcohol o drogadependencia, carga inconsciente de culpa, ataques de pánico, etc.
  3. Daño social con alteración de la relación «médico-paciente», mayor tendencia a la medicina defensiva, alteración de su calidad de vida, incertidumbre futura a nivel laboral y profesional, económico y familiar, deterioro de la relación con sus colegas, etc.

Si bien podria argumentarse que cualquier profesional que afronta una demanda puede padecer y debe soportar estos daños, nuestras observaciones indican que el daño es de mayor magnitud en profesionales INOCENTES. Textos como el libro Biologia de la Creencia de Bruce Lipton pueden permitirnos comprender como noxas psiquicas puede causar alteraciones en el epigenoma.

En un principio, en entrevistas libres realizadas, esto parece deberse a que quien cometió mala praxis soporta la acusación como "lógica y justa", quien no la cometió, siente a la acusación como "ilógica e injusta y por ende le resulta más difícil adaptarse a lo que entiende como irracional.

Por ende, el daño suele resultar de mayor gravedad en aquéllos Síndromes Judiciales que presentan las características del Síndrome Forense de Sócrates.

En un trabajo realizado en 2005, Keklikián y colaboradores estudiaron 64 profesionales que han recibido demandas por mala praxis en los fueros civil y/o penal. Los resultados muestran:

  1. ser sometido a juicio causa daño psíquico, físico y social a los profesionales en diversos grados (Síndrome Judicial)
  2. por ello, es razonable considerar una demanda o reclamo como una “noxa” que puede afectar al profesional de la salud
  3. los profesionales que reciben demandas absurdas por mala praxis (Síndrome Forense de Sócrates) sufren daño de mayor magnitud que aquéllos demandados por una real mala praxis.
  4. por lo anterior, la noxa “demanda absurda” parece de mayor magnitud que la noxa “demanda justificada” y/o existe mayor vulnerabilidad de los profesionales a la misma
  5. en 61% de las casos existe daño físico de diversa magnitud con causalidad o concausalidad atribuible a la noxa “demanda o reclamo” Dentro del daño físico, en más de la mitad de los casos la afección es cardiovascular (predominando las patologías hipertensivas) y en un 40% de los casos de daño físico hay dos o más patologías físicas evidenciables.
  6. en 100% de los casos existe daño psicológico, permanente o transitorio, de diversa magnitud con causalidad o concausalidad atribuible a la noxa “demanda o reclamo”
  7. se observan cuadros característicos de estrés postraumático, ataques de pánico e inicio o aumento de medicación psicofarmacológica (predominando los ansiolíticos del tipo benzoodiacepinas y los antidepresivos como la fluoxetina y similares).
  8. en 84% de los casos los profesionales demandados y/o requeridos refieren elementos que demuestran objetivamente daño social, de diversa magnitud con causalidad o concausalidad atribuible a la noxa “demanda o reclamo”; la totalidad considera que este daño será “irreversible” aún cuando en juicio se probase contundentemente su inocencia.

Estudios ulteriores aun no publicados muestran concordancia con estos datos en la actualidad.

Ante un Síndrome Forense de Sócrates debidamente probado entendemos que sus responsables deben resarcirlo reparando integralmente conforme las reglas del Derecho Civil vigente. Po ello es muy importante acreditar los daños que sufre el profesional:

En la totalidad de los 64 casos referidos encontramos dificultades en acreditar el daño, las que se debían a la actitud de los propios profesionales, que pueden resumirse de la siguiente manera:

a) Daño físico:

No consultaban a otros profesionales y se automedicaban

Consultaban en forma esporádica y sin registro de dicha consulta a otros profesionales

Carecían de Historia Clínica que explicitara cómo y cuando se había producido la enfermedad o el agravamiento de una enfermedad preexistente debido al Síndrome Forense de Sócrates.

b) Daño psíquico:

No consultaban a psiquiatras o psicólogos y se automedicaban con ansiolíticos y/o antidepresivos

Consultaban en forma esporádica e inorgánica a psiquiatras o psicólogos o incluso a otros profesionales no especializados en Salud Mental

Carecían de Historia Clínica que explicitara cómo y cuando se había producido el daño psíquico o el agravamiento de una patología psíquica preexistente debido al Síndrome Forense de Sócrates.

c) Daño social y profesional:

No tenían registros objetivos de los días de consulta suspendidos por enfermedad o por necesidad de asistir a audiencias judiciales

No guardaban publicaciones en diarios que los acusaban de mala praxis

No disponían de testimonios objetivos de pacientes (prueba testimonial) que acreditasen el daño social sufrido.

No disponían de testimonios objetivos de colegas (prueba testimonial) que acreditasen el daño social sufrido.

Recomendamos:

Asistir regularmente a la consulta por cada una de las patologías que padezca un profesional como consecuencia de un Síndrome Forense de Sócrates

Solicitar se le entregue periódicamente copia de nuestras historias clínicas (médica por el daño físico y psiquiátrica o psicológica).

Enfatizar al profesional que las redacta que lo haga con veracidad y sin omisiones, ya que hemos visto casos en que la historia clínica es más breve y/o incompleta cuando el paciente es médico que cuando el paciente no lo es.

Recordemos que cuando un médico asiste para ser asistido por otro médico, el paciente debe "dejar de ser médico" y actuar, por su propio beneficio, exclusivamente como "paciente".

Recomendamos que en toda “aventura jurídica” se reconvenga dentro del juicio contra la parte actora o se contrademande y cuando resulte posible (por prueba evidente de temeridad o malicia) se reconvenga también contra sus abogados, para que los responsables de la misma deban resarcir el daño causado.

“Más responsabilidad” para todos implica que “todos” los daños (tanto la “real mala praxis” como el “daño por Síndrome Forense de Sócrates”) sean igualmente resarcidos y concluimos citando a Francois Rabelais (quien también era medico):

"Ciencia sin conciencia no es más que la ruina del alma…”


1 Médico y abogado. Especialista en Tocoginecología y Medicina del Trabajo. Jefe del Departamento Área Programática Hospital Cecilia Grierson, Subsecretaria de Atención Primaria de Salud, Ciudad de Buenos Aires.
2 Médico. Especialista en Clínica Medica. Jefe de la Division Centros y Programas de Salud, Área Programática Hospital Cecilia Grierson, Subsecretaria de Atención Primaria de Salud, Ciudad de Buenos Aires.
3 Médica. Especialista en Pediatría. Jefa a cargo de la Sección Salud Escolar del Departamento Área Programática Hospital Cecilia Grierson, Subsecretaria de Atención Primaria de Salud, Ciudad de Buenos Aires.
4 Médica. Especialista en Pediatría. Jefa de Sección del Centro de Salud y Acción Comunitaria 3, Departamento Área Programática Hospital Cecilia Grierson, Subsecretaria de Atención Primaria de Salud, Ciudad de Buenos Aires.
5 Médico. Especialista en Psiquiatría y Salud Publica. Jefe del Departamento Área Programática Hospital Parmenio Pinero, Subsecretaria de Atención Primaria de Salud, Ciudad de Buenos Aires.

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